TPV y cajas registradoras con VeriFactu: qué tienen que cumplir
Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que aplazará VeriFactu a octubre de 2028, pero aún no está en el BOE. Hasta entonces, las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto).
Respuesta rápida
- Sí, te afecta si tu TPV o caja registradora emite tiques o facturas: para Hacienda es un sistema informático de facturación.
- Tiene que llevar un registro inalterable de cada venta, un código QR en el tique y la declaración responsable del fabricante.
- Fechas legales vigentes: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. Hacienda prevé octubre de 2028, pendiente de BOE.
- Recargo de equivalencia o módulos: con carácter general no estás obligado, salvo que emitas facturas con el TPV. Confírmalo con tu asesor.
- Qué hacer ya: pide a tu proveedor la declaración responsable y la fecha de la versión adaptada.
Si tu TPV o tu caja registradora emite tiques o facturas, para Hacienda es un sistema informático de facturación y tendrá que cumplir VeriFactu: un registro inalterable de cada venta, un código QR en el tique y la declaración responsable del fabricante. Si tienes un comercio, un bar o un restaurante, esto es lo que necesitas saber para no llevarte sorpresas.
¿Mi TPV o caja registradora está afectada?
La Agencia Tributaria lo aclara en sus preguntas frecuentes: lo que cuenta no es el aparato, sino si con él se expiden facturas (también las simplificadas, es decir, los tiques).
| Equipo | ¿Le afecta VeriFactu? |
|---|---|
| Caja registradora que imprime el tique que sustituye a la factura | Sí: debe adaptarse o sustituirse |
| TPV con programa de ventas que emite tiques o facturas | Sí |
| Balanza que acumula importes y emite el tique | Sí |
| Balanza que solo pesa | No |
| Tienda online que emite facturas | Sí: da igual cómo vendas |
| Justificantes que no son facturas, fuera de la obligación de facturar | No |
¿Y si estoy en recargo de equivalencia o en módulos?
Muchos comercios minoristas están en recargo de equivalencia y muchos bares en el régimen simplificado del IVA. Según la Agencia Tributaria, con carácter general no están obligados, porque en esos regímenes no siempre hay que expedir factura. Pero hay excepciones (por ejemplo, cuando el cliente es una empresa y te pide factura) y, si emites facturas con tu TPV aunque sea de forma voluntaria, esas facturas sí deben cumplir. Una farmacia en recargo de equivalencia, por ejemplo, sí está afectada. Confírmalo con tu asesor.
¿Los bares y restaurantes están obligados a usar VeriFactu?
La hostelería no tiene ninguna exención propia. Si tu bar tributa en estimación directa, emite tiques con un TPV, no está en el SII y no tributa en País Vasco o Navarra, tu TPV tendrá que cumplir. Si tributas en módulos, aplica lo que hemos visto en el apartado anterior. Si eres autónomo, tienes más detalle en VeriFactu para autónomos: quién está obligado y desde cuándo.
¿Qué tiene que cumplir un TPV con VeriFactu?
Un registro por cada venta
Cada tique o factura genera un registro encadenado con el anterior mediante una huella (hash), y las anulaciones también dejan su registro.
Nada se borra sin rastro
Los registros deben conservarse, ser legibles y poder recuperarse.
Código QR en el tique
Para que el cliente pueda comprobarlo en la web de la Agencia Tributaria.
Declaración responsable
El fabricante certifica que el sistema cumple el reglamento, y debe estar accesible desde el propio sistema.
Las dos modalidades de funcionamiento
| Modalidad VERI*FACTU | Modalidad no VERI*FACTU | |
|---|---|---|
| Envío a Hacienda | Cada registro se envía automáticamente | No se envía; queda en tu sistema |
| Firma electrónica de registros | No es necesaria | Obligatoria |
| Registro de eventos | No es necesario | Obligatorio |
| Si Hacienda lo pide | Ya tiene los datos | Debes entregarle los registros |
¿Qué cambia en el tique para tus clientes?
Poco a la vista, pero importante. El tique seguirá llevando los datos de siempre y, además, un código QR que cualquier cliente puede escanear con el móvil para comprobar en la web de la Agencia Tributaria que esa venta existe. Si tu TPV trabaja en modalidad VERI*FACTU, el tique incluirá también una mención que lo identifica como factura verificable. Para ti, el cambio está detrás: ya no podrás borrar o modificar una venta sin que quede registrado; las correcciones se hacen con anulaciones o facturas rectificativas, como manda la norma.
¿Cómo saber si mi TPV es compatible con VeriFactu?
- Pide la declaración responsable a quien te vendió el programa del TPV. Si no existe o no sabe de qué le hablas, mala señal.
- Pregunta por la versión adaptada: si es una actualización, cuánto cuesta y cuándo la instalan.
- Haz una venta de prueba con la versión nueva y comprueba que el tique lleva el código QR y que se lee bien.
- Revisa el equipo: un ordenador o un sistema operativo antiguos pueden impedir instalar la versión nueva.
- Comprueba la conexión si eliges VERI*FACTU: el TPV necesita enviar los registros a Hacienda con regularidad.
Si tienes dudas sobre tu caso, la Agencia Tributaria tiene un informador VERI*FACTU que te ayuda a saber si te aplica.
¿Actualizar el TPV o cambiarlo?
Depende sobre todo de si el fabricante va a adaptar tu programa. Si lo hace, normalmente basta con actualizar. Si tu caja registradora es antigua o el fabricante no ofrece versión adaptada, tocará sustituirla. Si vas a cambiar de TPV, aprovecha: pide que se conecte con tu programa de facturación o contabilidad, que funcione con la factura electrónica que llegará a pymes y autónomos y que tenga copias de seguridad automáticas.
Si además de vender en tienda necesitas facturación, compras y stock en un solo sitio, Het Manager es el programa de facturación en la nube que desarrollamos en Ibermedia y ya está adaptado a VeriFactu. Lo decimos claro porque es nuestro: compáralo con otras opciones antes de decidir.
Y no te olvides del equipo: un TPV es un ordenador más del negocio, con los mismos riesgos de virus, fallos de disco o actualizaciones pendientes. Te lo contamos en por qué el mantenimiento informático es clave para la continuidad del negocio.
¿Cuándo tengo que tenerlo listo?
Las fechas legales siguen siendo las de 2027. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció en una nota informativa que las aplazará a octubre de 2028, pero hasta que se publique en el BOE no es oficial. Lo explicamos en nuestro artículo sobre el nuevo calendario de VeriFactu. Nuestro consejo: no esperes al último mes, porque los instaladores de TPV estarán desbordados.
Preguntas frecuentes sobre TPV y VeriFactu
Sí, si imprimen el tique que sustituye a la factura y el comerciante está obligado a expedirla. Para la Agencia Tributaria esa caja es un sistema informático de facturación y debe adaptarse o sustituirse. Una balanza que solo pesa no está afectada; si acumula importes y emite el tique, sí.
Pide al fabricante la declaración responsable, que debe estar accesible desde el propio sistema, y la versión adaptada. Después haz una venta de prueba y comprueba que el tique lleva un código QR legible. Si el proveedor no sabe responderte, plantéate cambiar de programa antes de la fecha límite.
La hostelería no tiene exención propia. Un bar en estimación directa que emite tiques con un TPV, que no está en el SII y que no tributa en País Vasco o Navarra debe cumplir. Si tributa en módulos, con carácter general no, salvo que emita facturas con el TPV.
Legalmente, antes del 1 de enero de 2027 si eres sociedad y antes del 1 de julio de 2027 en el resto de casos. Hacienda ha anunciado que lo aplazará a octubre de 2028, pero hasta que se publique en el BOE conviene planificar con las fechas de 2027.
En la modalidad VERI*FACTU, sí: el TPV envía los registros de cada venta a la Agencia Tributaria. En la modalidad no VERI*FACTU no se envían, pero los registros deben firmarse electrónicamente y conservarse con un registro de eventos. Elige la modalidad con tu proveedor.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria: preguntas frecuentes sobre el ámbito de aplicación (cajas registradoras, balanzas, tiendas online)
- Agencia Tributaria: preguntas frecuentes sobre la declaración responsable
- Agencia Tributaria: sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU
- Ministerio de Hacienda: nota informativa del 5 de octubre de 2026
- BOE: Real Decreto 1007/2023, texto consolidado
- BOE: Real Decreto-ley 15/2025 (calendario vigente de 2027)
Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de tu asesor fiscal.
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Alejandro López Balderas es profesional del ámbito digital con experiencia en desarrollo tecnológico, producto y negocio online. Actualmente trabaja en el ecosistema de desarrollo software vinculado a Ibermedia, donde participa en iniciativas relacionadas con innovación y transformación digital.
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